Tomás de Aquino (1224/1225-1274) fue un teólogo y filósofo católico considerado el principal representante de la escolástica y autor de la Summa Theologica. Desarrollo su sistema filosófico basándose en los escritos de Aristoteles.
Santo Tomás, al intentar conciliar la doctrina religiosa, la propiedad privada y la actividad económica, tuvo que tener en cuenta numerosas citas bíblicas que condenaban la propiedad privada, la riqueza y la búsqueda del beneficio. Basándose en el Nuevo Testamento, los primeros cristianos pensaban que la propiedad comunitaria era más acorde con la ley natural (la ley natural es “nada más que la participación de la criatura racional en la ley eterna” S. The I-II 94) y que la propiedad privada no se ajustaba a la misma. Por lo tanto, las primeras sociedades cristianas,
inspiradas en Cristo y sus apóstoles, eran comunitarias. Pero los primeros autores escolásticos llevaban mucho tiempo tratando de demostrar que no era incompatible con las enseñanzas cristianas la propiedad privada. En el siglo XIII, Santo Tomás de Aquino, adaptando el pensamiento
aristotélico a su propio sistema filosófico y fue capaz de argumentar que la propiedad privada no era contraria a la ley natural.
Aunque afirmaba que en la ley natural toda la propiedad es comunitaria:
«Ningún hombre tiene originariamente un derecho sobre una cosa determinada, pero todos la tienen sobre todos los bienes» (II-II, q. 57, a.3)
Sostenía que el crecimiento de la propiedad privada no era contrario a la ley natural, sino que era complementaria.
Santo Tomás sostenía que estar desnudo era conforme a la ley natural y que la ropa era una añadidura a la ley natural y que esta beneficiaba al hombre. El razonamiento era el mismo en el caso de la propiedad privada.
«Podríamos decir que el que el hombre esté desnudo es acorde con la ley natural, porque la
naturaleza no le dio ropa, pero el arte la inventó. En este sentido, se dice que la propiedad de todas las cosas (…) es acorde con la ley natural, a saber, porque la distinción de la propiedad (…) no fue realizada por la naturaleza sino ideada por la razón humana en beneficio de la vida humano» (Summa Theologica, I-II, Q. 94)
A Santo Tomás de Aquino también le interesaba el precio de los bienes. A diferencia de los
economistas modernos, no trataba de comprender el papel que desempeñan en la asignación de los recursos escasos sino desde la ética. El precio justo para santo Tomás es aquel que surge en el mercado sin coerción ni fraude:
«El que en un determinado momento se puede obtener de los compradores asumiendo un conocimiento común y en ausencia de cualquier fraude y coerción» (Summa theologica, II, ii, qu. 77, a)
Este llamado fraude por el Santo es (entre otras cosas) la información asimétrica que puede existir en un intercambio:
«Si, por ofrecerle una cosa defectuosa, a causa de sus defectos, puede acarrearle perjuicio o riesgo. Hay perjuicio, en efecto, si por tal defecto la mercancía que se saca a la venta resulta de menor valor, pero el vendedor nada rebaja de su precio en atención al defecto. Hay riesgo, sin embargo, si, a causa de aquel defecto, el uso de la cosa se vuelve difícil o nocivo; por ejemplo, si uno vende a otro un caballo cojo por un caballo corredor, o una casa ruinosa por una sólida, o alimento podrido o envenenado por alimento bueno. Por consiguiente, si tales defectos están ocultos y el vendedor no los revela, será ilícita y fraudulenta la venta, y el vendedor estará obligado a reparar el daño» (Suma teológica, II-IIae- c77)
Plantea que es posible desarrollar una actividad económica sin pecar (II-IIae – Cuestión 77, art 4) y enumera las usuales restricciones: no de parte de eclesiásticos, no en festividades, sin fraude, sin contratos ilícitos.
Mientras muchos autores escolásticos anteriores habían afirmado que el «precio justo» estaba determinado por los costos de producción, Tomás de Aquino veía que el precio no estaba en el objeto, sino que surgía de la utilidad.
También veía injusto el interés argumentando que el prestatario debe pagar dos veces por el mismo bien, por un lado el interés y por el otro el dinero que ha utilizado.
«Responderemos, que recibir interés (usuram) por el dinero prestado es en
sí, injusto: porque se vende lo que no existe, por lo cual manifiestamente se constituye una desigualdad, que es contraria a la justicia,Para evidenciar esto, debe saberse que hay ciertas cosas, cuyo uso es la consunción de las mismas, al modo que
consumimos el vino usando de él para la bebida y el trigo para la comida»
Bibliografía:
L’economia in
Tommaso d’Aquino, Odd Langholm
Historia del pensamiento económico, Colander
El interés y la usura
Martínez, Eduardo Antonio
(1963)
